martes, 10 de octubre de 2017

¿Qué interesa más, comenzar como Autónomo o como S.L?

El principal argumento que trato de transmitir después de publicar los últimos tres o cuatro post en este blog es la enorme dificultad que existe en los tiempos que corren para tratar de crear empresas a partir del autoempleo individual, por lo que se impone fomentar el nuevo empresariado a partir del emprendimiento compartido.

En primer lugar, porque ante la variedad de conocimientos que se requieren hoy para ser empresario, lo más lógico es compartirlos entre un equipo más o menos especializado en las materias necesarias: Producción, Ventas o Administración y derivadas, ya que tratar de que todas sean asimiladas por una sola persona, como pretenden los clásicos Planes de Empresa, es tarea para fueras de serie.


Por tanto, para emprender en equipo hay que pensar en crear una Sociedad Limitada (SL), ya que la responsabilidad se limita al capital aportado, mientras que el autónomo responde con su patrimonio empresarial y con todos los bienes propios y familiares.

Estas dos premisas son las principales para iniciarse hoy en el emprendimiento empresarial. Pero al margen de éstas hay otros condicionantes para saber cuándo ser Sociedad. La necesidad de financiación y la presión fiscal, además de la ya mencionada limitación de la responsabilidad son aspectos a considerar sin olvidarnos de la misión fundamental de la empresa como es la Rentabilidad.

Mayor facilidad de crédito. La percepción que tienen los bancos proveedores de los autónomos no es la misma que la que tienen de las sociedades, las cuales les merecen más confianza. En concreto, los bancos les dan mucha más importancia a las pymes e incluso a las micros que a los autónomos a la hora de conceder un crédito.

La carga fiscal. ¿Cómo se tributa en cada caso?

La principal diferencia es que el autónomo tributa por el IRPF, mientras que la SL lo hace por el impuesto de sociedades. Al trabajar como autónomo se paga un IRPF que varía en función de los ingresos. Estas cantidades pueden llegar a suponer hasta el 52 y el 56% de las cantidades generadas, por lo que si los ingresos anuales son superiores a 40.000 euros sin duda conviene cambiar a S.L.

Mientras que hoy, el tipo general del impuesto de sociedades se mantiene en un 25% sobre la base imponible y para las nuevas sociedades se aplica un tipo reducido del 15% durante dos años, en el caso del IRPF la tributación es progresiva y depende del nivel de ingresos. Así, estos son los tipos aplicables:


Como se puede observar, cuanto más ingreses se tengan más conviene dejar de ser autónomo y transformarse en SL.

Y en última instancia, está el principal objetivo de la empresa: la Rentabilidad. Por lo cual debemos darle la mayor importancia a otros costos distintos a los fiscales y muy fáciles de percibir. Por ejemplo, la mínima cifra que hay que aportar como capital social en la S.L. son 3.005 euros a pagar entre varios socios, y recuperables como cifra de negocios por ser un Neto Patrimonial no Exigible.

Mientras las cotizaciones de los autónomos, una vez superadas las posibles tarifas planas, se van a 3.300 euros al año, producto de 12 pagos por 275 eur mensuales. Pero no me olvido de las obligadas cotizaciones a la Seguridad Social en el caso de las sociedades. 

Hasta la semana que viene

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Si no se acaba de una vez con el desequilibrio entre el ser humano y la naturaleza, nuestros descendientes no querrán ni recordar nuestros nombres.