lunes, 24 de febrero de 2014

LA CAPACIDAD OCIOSA

Se entiende por capacidad ociosa la infrautilización de la producción de una empresa que no es capaz de vender todo lo que puede producir. Una empresa para poder operar requiere de unas instalaciones que conformen la capacidad de producir lo que ha proyectado vender para que le salgan los números. Así que lo ideal sería que esas instalaciones fueran aprovechadas al 100%, cosa que en muchos sectores casi nunca se cumple, ya sea por falta de planificación o por situaciones ajenas al control de la empresa, como por ejemplo: la falta de suficiente demanda; con crisis o sin crisis. 

“La economía española está centrando su recuperación en el incremento de las exportaciones que busca suplir la fuerte caída de la demanda interna provocada por la crisis económica y aprovechar el descenso de los costes laborales y la devaluación interna.” 

En decir, la empresa no puede vender todo lo que puede producir. Si por ejemplo, tiene capacidad para producir 10.000 unidades de determinado bien o servicio, pero solo puede vender 6.000 tendrá una capacidad ociosa de un 40%. En esta situación le resulta más ventajoso no producir a su capacidad total que tener una gran cantidad de stock que lo tenga que malvender o, posiblemente, se quedará obsoleto o caducará. 

Sin embargo, convendría recordar cómo se ha llegado, en la mayoría de los casos, a este tipo de situaciones. Así, en los buenos tiempos (digamos 2000 – 2007), cuando “España iba bien o jugábamos en la Champions”, pero estábamos en la “inimaginable víspera” de una de las mayores hecatombes económicas de la Historia, no solo se pinchó la burbuja inmobiliaria y en consecuencia la financiera, sino que montones de pymes, animadas por aquellos triunfalistas eslóganes, al ver cómo lo vendían todo como churros se dijeron: “Si con 50.000 de inversión en instalaciones y 60 tíos vendo X, con 15.000 más de inversión y otros 15 tíos podré vender y ganar el doble”.



Pero vino lo que vino y la demanda cayó en picado. Los stocks salían por las ventanas y no se podían pagar los leasing de las últimas instalaciones ni a los proveedores, y había que hacer un enorme esfuerzo para hacer frente no solo los gastos de personal de los “últimos fichajes” sino que la caída en picado de las ventas se tradujo en una capacidad ociosa del 30 ó 40%, lo cual empujó a la calle a un porcentaje similar de personas mediante EREs o prejubilaciones anticipadas, y en muchos caso “por las bravas”. 

Gente a las que hace tiempo se les ha acabado cualquier prestación por desempleo y han perdido toda esperanza de volver a aquellos sectores de empresas a las que se les derramó la leche. Pero que ahora han descubierto además de la Exportación, de la que no se habían preocupado en su vida, lo que es la Productividad en la España actual. 

Y lo más importante de todo: tienen a su favor la Ley, pero la de verdad, la de última instancia, la del TC: “ 

“Por siete votos a favor y cuatro en contra, el Pleno del Tribunal Constitucional ha avalado la regulación de las indemnizaciones por despido improcedente que introdujo el decreto ley de reforma laboral al pasar de los 45 días durante 42 mensualidades como máximo antes de dicha reforma a los 33 días y 24 mensualidades a partir de febrero de 2012.” 

Hasta la próxima semana.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Mi foto
Si no se acaba de una vez con el desequilibrio entre el ser humano y la naturaleza, nuestros descendientes no querrán ni recordar nuestros nombres.